¿Realmente Necesito el Estatus 501(c)(3)?
By America Kimlinger
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Me hacen esta pregunta al menos una vez cada vez que asisto a una conferencia, seguida de: “Como iglesia, somos automáticamente exentos de impuestos bajo la Sección 508, por lo que no necesito el estatus 501(c)(3).” ¿Ha tenido una conversación similar con otro pastor o tal vez le han hecho esta misma pregunta? Si ha participado en una conversación sobre el estatus de exención de impuestos en una iglesia o ministerio, es probable que sí.
Algunos pastores asumen que, debido a que las iglesias reciben automáticamente el estatus de exención de impuestos bajo la Sección 508, no hay necesidad de solicitar el reconocimiento 501(c)(3). Pero, ¿es esto cierto? Esta idea errónea es común, por lo que aclararemos la confusión sobre este tema para que pueda tomar una decisión informada para su iglesia y, lo más importante, para sus donantes.
Sección 501(c)(3) vs. Sección 508(c)(1)(A)
Es posible que haya escuchado que las iglesias no necesitan solicitar el estatus de exención de impuestos bajo la Sección 501(c)(3) porque están automáticamente exentas bajo la Sección 508(c)(1)(A). Si bien esto suena bien, es crucial comprender los matices de estas dos disposiciones y cómo afectan el estatus de exención de impuestos de su iglesia.
Sección 501(c)(3)
La Sección 501(c)(3) es el código del IRS que otorga el estatus de exención de impuestos a organizaciones religiosas, caritativas, científicas y educativas, entre otras. Cuando una iglesia solicita y recibe el estatus 501(c)(3), obtiene varias ventajas, pero con esas ventajas vienen ciertas responsabilidades. Aquí hay algunos requisitos clave del 501(c)(3):
- La organización no puede realizar actividades comerciales con fines de lucro (Sección 502).
- La organización no puede utilizarse para un beneficio privado indebido (Secciones 501 y 503).
- La organización no puede difundir propaganda ni influir en la legislación (Sección 501).
- La organización no puede promover a un candidato durante una elección (Sección 501).
- La organización debe presentar una declaración de impuestos anual (Sección 6033).
- La organización debe solicitar el reconocimiento oficial del IRS (Sección 508).
Sección 508(c)(1)(A)
La Sección 508(c)(1)(A) crea una excepción especial para las iglesias, permitiéndoles estar automáticamente exentas de impuestos sin necesidad de solicitar el reconocimiento oficial 501(c)(3). Esto significa que las iglesias no están obligadas a presentar el Formulario 1023 del IRS (la solicitud de estatus 501(c)(3)) ni a esperar una aprobación oficial.
Esto es una gran noticia, pero ¿para qué exactamente es la excepción?
¿Para no pagar impuestos? No.
¿Para no tener restricciones en la promoción de un candidato? No.
¿Para no tener restricciones en actividades con fines de lucro? No.
¿Para evitar el control gubernamental? No.
La excepción no está relacionada con ninguno de estos aspectos y ciertamente no con los requisitos de la Sección 501(c)(3).
La excepción en 508(c)(1)(A) solo se aplica al "requisito de notificación" en la Sección 508(a). En términos simples, esto significa que su iglesia aún puede ser considerada "descrita en la Sección 501(c)(3)", incluso si no solicita el reconocimiento oficial.
Para decirlo claramente, la Sección 508 otorga a las iglesias los mismos derechos y responsabilidades que una organización 501(c)(3), independientemente de si solicitan o no el reconocimiento oficial.
La Carga de la Prueba: ¿Por Qué Importa para los Donantes?
Si su iglesia depende únicamente de la Sección 508(c)(1)(A) sin presentar una solicitud para el estatus oficial 501(c)(3), impone la carga de la prueba a cada uno de sus donantes. Esto incluso le incluye a usted personalmente si dona a la iglesia y deduce la donación.
Este es un escenario riesgoso tanto para usted como para los donantes. En el caso Jack Lane Taylor v. Commissioner, el tribunal dictaminó que una iglesia que se basa en la Sección 508(c)(1)(A) no se considera automáticamente exenta de impuestos. En su lugar, la carga de la prueba recae en el donante para demostrar que la iglesia cumple con los criterios del 501(c)(3).
Esto significa que si sus donantes enfrentan una auditoría, pueden tener que demostrar que su iglesia cumple con todos los requisitos del 501(c)(3) para que sus donaciones sean deducibles de impuestos. Además, en el caso Branch Ministries v. Rossotti, el tribunal dictaminó de manera similar que las iglesias que dependen de 508(c)(1)(A) deben cumplir con las calificaciones de la Sección 501(c)(3) para ser consideradas exentas de impuestos. Sin reconocimiento oficial, no hay presunción de estatus de exención de impuestos y los donantes no pueden asumir que sus contribuciones son deducibles.
Para aclarar, la Sección 508 no define qué es una iglesia ni le otorga un estatus especial de exención de impuestos sin intervención gubernamental. De hecho, el concepto de una "iglesia 508" no existe. No solo la Sección 508 no exime a una iglesia de sus obligaciones, sino que una iglesia que depende de ella puede incluso ser considerada como no exenta.
¿Por Qué el 501(c)(3) Es la Mejor Opción?
La realidad es que obtener el reconocimiento 501(c)(3) no obstaculiza el mensaje del Evangelio ni otorga al gobierno control sobre su iglesia. En cambio, brinda a las iglesias la seguridad y tranquilidad de una carta de determinación favorable emitida por el IRS. Con el estatus de exención de impuestos de su iglesia oficialmente reconocido y las contribuciones de sus donantes protegidas, puede liderar con la confianza de contar con la aprobación segura y oficial del 501(c)(3).
No permita que el proceso le abrume; no está solo en este importante paso para proteger el ministerio al que Dios le ha llamado a liderar. En StartCHURCH, hemos ayudado a miles de iglesias a navegar con éxito el camino hacia el estatus 501(c)(3). Si aún no has presentado la solicitud de reconocimiento o no está seguro de los próximos pasos, nuestro equipo está aquí para guiarle. ¡Llámenos hoy al 678-830-2600 y de el siguiente paso para asegurar un futuro brillante y estable para la iglesia!
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